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Informe anual Ley 21.015 en SENCE: guía paso a paso para presentarlo antes del 31 de julio

Por Jesús Letelier

Actualizado el

5 min

Plazo: 31 de julio. Portal: si.sence.cl. Te explicamos qué datos necesitas, cómo calcular la cuota y qué errores evitar en el informe 2026.

El informe anual de inclusión laboral es el mecanismo que exige la Ley 21.015 para que cada empresa rinda cuenta de su cumplimiento. No presentarlo o presentarlo con errores tiene consecuencias legales concretas. Esta guía está actualizada para el proceso 2026.

¿Quién está obligado a presentar el informe?

Están obligadas todas las empresas del sector privado que durante el año calendario anterior hayan tenido 100 o más trabajadores en promedio. El cálculo se hace mes a mes y se promedia para determinar si superaste el umbral.

Si tu empresa fluctúa entre 95 y 105 trabajadores, y el promedio anual queda en 100 o más, debes presentar el informe. No importa si actualmente tienes 98: lo que cuenta es el promedio de 2025 para el informe que presentas en julio 2026.

Las instituciones públicas también están obligadas, pero reportan a través de canales diferenciados de la Dirección del Trabajo.

¿Cuál es el plazo y dónde se presenta?

El plazo para presentar el informe es el 31 de julio de cada año. Para el informe de la dotación 2025, debes presentarlo antes del 31 de julio de 2026.

El trámite se realiza exclusivamente en el portal oficial del SENCE: si.sence.cl, sección "Inclusión Laboral". Necesitas tener la clave única de empresa activa o las credenciales de tu representante legal. No existe otra forma oficial de presentar el informe.

Datos del trámite del informe anual de inclusión laboral
ConceptoDato
Plazo31 de julio de cada año
Portalsi.sence.cl, sección «Inclusión Laboral»
Período que cubreEl año calendario anterior completo
Quién presentaEmpresas con 100 o más trabajadores de promedio
Credencial necesariaClave de empresa SENCE o credenciales del representante legal
ComprobanteNúmero de folio emitido al enviar
Multa por no presentar1 a 10 UTM

¿Qué datos hay que tener listos?

Antes de entrar al portal reúne la siguiente información:

  • RUT de la empresa y datos del representante legal
  • Promedio mensual de trabajadores durante el año 2025 (enero a diciembre)
  • Número de trabajadores que tienen Credencial de Discapacidad vigente emitida por el Registro Nacional de la Discapacidad (SENADIS)
  • RUT de cada trabajador con discapacidad o pensión de invalidez
  • Si usas medida subsidiaria: RUT y documentación de la entidad beneficiada o contratada

Ten los certificados de discapacidad de cada trabajador en formato digital. El informe acepta archivos PDF. Sin los certificados no puedes acreditar a ningún trabajador como parte de tu cuota.

¿Cómo se presenta, paso a paso, en si.sence.cl?

  1. Ingresa a si.sence.cl con RUT de empresa y clave SENCE (puedes obtenerla en oficinas SENCE o en línea).
  2. Selecciona "Inclusión Laboral" en el menú principal.
  3. Ingresa el promedio mensual de trabajadores de cada mes del año anterior.
  4. Declara el número de trabajadores con discapacidad: el sistema calculará automáticamente si cumples la cuota.
  5. Si no cumples directamente, declara si utilizas medida subsidiaria (donación o subcontratación).
  6. Adjunta la documentación de respaldo: certificados de discapacidad o documentos de medida subsidiaria.
  7. Envía y guarda el comprobante con número de folio. Ese folio es tu constancia de presentación ante la DT.

¿Cuáles son los errores más frecuentes?

El error más común es no tener los certificados actualizados de los trabajadores. La Credencial de Discapacidad tiene vigencia definida por SENADIS y puede vencer. Un trabajador con certificado vencido no cuenta para la cuota durante el período sin vigencia.

Otros errores frecuentes:

  • Calcular el promedio de dotación solo con trabajadores de plazo indefinido (deben incluirse todos los contratos, incluyendo a plazo fijo y por obra)
  • No actualizar el sistema cuando un trabajador con discapacidad renuncia o es desvinculado
  • Confundir pensión de invalidez con pensión de vejez: solo la invalidez cuenta para la cuota
  • Presentar el informe sin los respaldos adjuntos: el sistema lo acepta pero queda inconsistente y genera alerta en la DT

¿Qué pasa si se presenta tarde o no se presenta?

No presentar el informe anual constituye una infracción separada al incumplimiento de la cuota. La multa es de 1 a 10 UTM (entre $70.588 y $705.880 CLP con la UTM de mayo 2026). A diferencia de la multa por incumplimiento de cuota, esta sanción no depende de cuántos trabajadores falten: es una multa fija por el hecho de no informar.

Si presentas tarde, la DT puede igualmente iniciar fiscalización y citar a la empresa. En la práctica, la presentación tardía espontánea (sin que medie denuncia) tiende a recibir multas más bajas que la no presentación total.

La mejor estrategia es tener un sistema que te recuerde el plazo con anticipación y te alerte cuando algún certificado de discapacidad esté próximo a vencer durante el año.