Se aplica a empleadores privados cuyo promedio legal alcanza 100 personas trabajadoras.
Ley 21.015 de inclusión laboral
Revisa la cuota vigente del 1%, el período de cálculo, las medidas subsidiarias y la comunicación que una empresa obligada completa en Mi DT.
Información de demostración.
Puntos clave de la Ley 21.015
Se consideran los 12 meses anteriores al 31 de octubre y se usa el entero inferior.
Se completa entre el 1 y el 31 de enero mediante Mi DT.
Sanciones interpretadas por la Dirección del Trabajo desde el 1 de enero de 2025, según tamaño de empresa.
CON REVISIÓN HUMANA
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Obtén el promedio del período legal y aplica el entero inferior al 1%.
Ir al estimador02 / CÁLCULO ORIENTATIVO
Estima una brecha y su exposición mensual
Introduce el promedio legal, no la dotación de un solo día. El resultado no verifica contratos, acreditaciones, razones fundadas ni meses anteriores.
Prueba distintos promedios y observa cómo cambia el cálculo.
- Cuota calculada
- 2personas
- Brecha estimada
- 2personas
0 ingresadas · 2 requeridas
2 × 30 UTM · $4.329.060
No se proyectan meses que no ingresaste.
Exposición expresada en UTM y su equivalente en pesos según SII - Unidad Tributaria Mensual (vía mindicador.cl) ($72.151), ver fuente (se abre en una pestaña nueva), con vigencia desde 2026-10-01. No determina hechos, meses de incumplimiento ni reemplaza asesoría legal.
Quién está obligado
Para empleadores privados, el promedio se calcula con los 12 meses anteriores al 31 de octubre. La obligación rige desde el 1 de abril de 2018 para empresas de 200 o más personas trabajadoras y desde el 1 de abril de 2019 para las de 100 a 199.
La cuota vigente es el 1% del promedio legal y se aproxima siempre al entero inferior.
| Promedio legal | Cuota (1%, entero inferior) | Sanción por persona y mes |
|---|---|---|
| 100 | 1 persona | 20 UTM |
| 199 | 1 persona | 20 UTM |
| 200 | 2 personas | 30 UTM |
| 500 | 5 personas | 30 UTM |
| 1.000 | 10 personas | 30 UTM |
| 5.000 | 50 personas | 30 UTM |
Quiénes computan en la cuota
Computan personas con discapacidad cuya calidad se verifica por las vías legales y personas asignatarias de una pensión de invalidez de cualquier régimen previsional.
COMPIN certifica la discapacidad. El Servicio de Registro Civil e Identificación administra el Registro Nacional de la Discapacidad y emite la credencial.
Comunicación en Mi DT
La comunicación anual se efectúa entre el 1 y el 31 de enero mediante Mi DT, el portal electrónico de la Dirección del Trabajo. La empresa debe comprobar el formulario y las instrucciones vigentes antes de enviar.
Unlimited Talent ordena dotación, contrataciones que computan y brechas, y prepara reportes de apoyo para esa comunicación. El envío y la responsabilidad del trámite siguen siendo de la empresa.
Medidas subsidiarias
Proceden sólo por razones fundadas: la naturaleza de las funciones o la falta de personas interesadas que cumplan lo requerido, acreditada conforme a la normativa.
Las vías son determinados contratos de prestación de servicios con empresas que tengan personas con discapacidad contratadas, o donaciones a proyectos y entidades elegibles según los requisitos del Decreto 64. Cada medida debe respaldarse en la comunicación a la Dirección del Trabajo.
Sanciones vigentes
Desde el 1 de enero de 2025, la interpretación de la Dirección del Trabajo establece 20 UTM para empresas de 100 a 199 personas trabajadoras y 30 UTM para empresas de 200 o más, por cada persona faltante y por cada mes.
La cuota sigue siendo del 1%. El alza al 2% contemplada por la Ley 21.690 está condicionada a que al menos el 80% de las empresas obligadas cumpla el 1%.
RESPUESTAS DIRECTAS
Preguntas frecuentes sobre la Ley 21.015
¿Qué es la Ley 21.015?
La Ley 21.015 incorporó una cuota de inclusión laboral. Para empleadores privados cuyo promedio legal alcanza 100 personas trabajadoras, la cuota vigente es del 1%; también computan las personas asignatarias de una pensión de invalidez.
¿Cómo se determina qué empresas están obligadas?
Se considera el promedio de los 12 meses anteriores al 31 de octubre. La obligación rige desde el 1 de abril de 2018 para empresas de 200 o más personas trabajadoras y desde el 1 de abril de 2019 para las de 100 a 199.
¿Quiénes pueden computar en la cuota?
Personas con discapacidad cuya calidad se verifica por las vías legales y personas asignatarias de una pensión de invalidez. COMPIN certifica la discapacidad; el Registro Civil administra el RND y emite la credencial.
¿Cuándo proceden las medidas subsidiarias?
Sólo por razones fundadas: la naturaleza de las funciones o la falta de personas interesadas que cumplan lo requerido, acreditada conforme a la normativa. La empresa debe revisar los requisitos de cada medida y respaldarla en su comunicación a la Dirección del Trabajo.
¿Quién certifica la discapacidad y quién emite la credencial?
COMPIN certifica la discapacidad. El Servicio de Registro Civil e Identificación administra el Registro Nacional de la Discapacidad y emite la credencial.
¿Qué son los ajustes necesarios?
Son adecuaciones que facilitan la participación de una persona con discapacidad en igualdad de condiciones, de forma eficaz y práctica y sin imponer una carga desproporcionada. La solución se evalúa para la barrera, la persona y el contexto concretos.
¿Cómo apoya Unlimited Talent?
La plataforma permite publicar vacantes, revisar perfiles por habilidades, seguir datos de cuota y preparar borradores para revisión antes de comunicar en Mi DT. No presenta el trámite por la empresa ni determina por sí sola el cumplimiento legal.
Fuentes oficiales
Ley 21.015 en Ley Chile Decreto 64 (reglamento) Dirección del Trabajo Mi DT UTM vigente (SII)
Fuentes principales: Ley 21.015, Decreto 64, comunicación electrónica y sanciones vigentes. Contenido informativo y de orientación general; no constituye asesoría legal para un caso particular.
