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Comunicación electrónica Ley 21.015 en Mi DT: guía de enero

La comunicación anual se realiza en enero mediante Mi DT. Revisa el período de 12 meses, el cálculo con entero inferior y los respaldos.

Jesús LetelierActualizado: 3 Sep 2026

La obligación anual vinculada a la reserva de empleo es una comunicación electrónica ante la Dirección del Trabajo. Se realiza durante enero mediante Mi DT; no corresponde presentarla en julio ni enviarla a SENCE.

¿Quién debe revisar esta obligación?

Los empleadores privados cuyo promedio alcance 100 o más trabajadores deben revisar el régimen. Para el cálculo se consideran los 12 meses anteriores al 31 de octubre del año previo, según las reglas vigentes desde la comunicación de 2025.

¿Cuál es el plazo y el canal?

Datos esenciales de la comunicación electrónica
ConceptoRegla vigente
PlazoDurante enero
CanalPerfil empleador de Mi DT
Ruta publicadaContratos de Trabajo y Despidos → Inclusión Laboral → Comunicación Electrónica
Cuota actual1%, con entero inferior

La persona que actúa por la empresa debe tener habilitada la representación laboral electrónica y autenticarse por el mecanismo vigente.

¿Qué datos hay que preparar?

  • Identificación de la empresa y de quien la representa.
  • Dotación de cada mes del período aplicable y fuente del dato.
  • Cálculo del promedio y del porcentaje vigente.
  • Registros laborales de las personas que computan.
  • Antecedentes de razón fundada y medida subsidiaria, si corresponde.
  • Identificación del gestor o gestora de inclusión laboral cuando el formulario la exige.

La página oficial advierte que los contratos de trabajo y sus términos deben registrarse previamente en el Registro Electrónico Laboral.

¿Cómo se realiza en Mi DT?

  1. Ingresa al perfil empleador en Mi DT.
  2. Abre “Contratos de Trabajo y Despidos”, luego “Inclusión Laboral”.
  3. Selecciona “Comunicación Electrónica”.
  4. Completa y contrasta los datos con tus respaldos.
  5. Adjunta los antecedentes que correspondan a la vía declarada.
  6. Revisa antes de enviar y conserva el comprobante.

La interfaz puede cambiar. Sigue las guías rápidas enlazadas en la página oficial y no automatices el envío final sin revisión humana.

¿Qué errores conviene evitar?

  • Usar un año calendario distinto del período legal.
  • Redondear al entero más cercano en vez de aplicar el entero inferior.
  • Buscar el trámite en SENCE.
  • Presentar una razón fundada sin los antecedentes exigidos.
  • Intentar comunicar antes de registrar los contratos correspondientes.
  • No conservar el comprobante del envío.

¿Qué hacer después del envío?

Guarda el comprobante y revisa la brecha durante el año. Una comunicación enviada no demuestra por sí sola que toda la información sea correcta ni sustituye el cumplimiento material de la cuota o de una medida subsidiaria válida.

Fuentes revisadas: comunicación electrónica (DT), Decreto 64 (BCN) y ORD. N°1513/42 (DT). Contenido informativo y de orientación general; no constituye asesoría legal para un caso particular.