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Ley 21.690: cuota del 2%, condición de vigencia y multas

La cuota del 2% está condicionada al 80% de cumplimiento agregado; la cuota exigible sigue en 1% y las nuevas multas ya rigen.

Jesús LetelierActualizado: 3 Sep 2026

La Ley 21.690 modificó el régimen de inclusión laboral, pero sus disposiciones no entraron todas en vigor al mismo tiempo. Al 5 de septiembre de 2026, la cuota exigible sigue siendo del 1%; el régimen sancionatorio de 20 y 30 UTM sí rige desde el 1 de enero de 2025.

¿Qué modifica la Ley 21.690?

La ley contempla aumentar la reserva desde 1% a 2%, refuerza reglas de medidas subsidiarias e incorpora obligaciones sobre ambientes laborales, capacitación y ajustes en reclutamiento y selección. Cada cambio debe leerse con su regla de vigencia.

Estado de dos cambios centrales
AspectoSituación revisada
Cuota1% exigible; 2% condicionado
Multa por incumplir la cuota20 UTM para 100–199 y 30 UTM para 200 o más, por persona y mes

¿Cuándo se activa el 2%?

El aumento se hará exigible el primer día de enero del año siguiente al informe interministerial que acredite que el 80% de las empresas e instituciones obligadas cumple la cuota del 1%. No basta una proyección, noticia o estimación privada.

¿Qué multas ya están vigentes?

Desde el 1 de enero de 2025, la infracción a la cuota se sanciona con 20 UTM en empresas obligadas de 100 a 199 trabajadores y 30 UTM en empresas de 200 o más, por cada persona faltante y por cada mes. El valor en pesos depende de la UTM del mes.

¿Qué rige hoy?

La cuota del 1%, la comunicación electrónica de enero y las obligaciones ya vigentes deben gestionarse con las reglas actuales. Presentar el 2% como vigente duplicaría de forma indebida la cuota en una calculadora o informe.

¿Cómo prepararse sin anticipar la vigencia?

  1. Cumple y documenta primero el 1% vigente.
  2. Mantén separado un escenario de planificación al 2%.
  3. Etiqueta el escenario como condicionado, no como obligación actual.
  4. Revisa fuentes oficiales antes de cada comunicación de enero.
  5. Actualiza calculadoras sólo después del acto oficial que active el cambio.

Fuentes revisadas: Ley 21.690 (BCN), ORD. N°693/26 (DT) y comunicación electrónica vigente (DT). Contenido informativo y de orientación general; no constituye asesoría legal para un caso particular.